Hace poco preguntamos a nuestra asesora en temas labores y amiga, sobre el tema del perioro de prueba y el despido. No porque no supieramos que te podias ir al paro sin cobrar si no superabas un periodo de prueba, sino porque pasaba si no te ponian periodo de prueba. Le cedo el turno a ella:
"Aparece regulado que no es situación legal de desempleo y por tanto no da lugar a prestación por desempleo el despido por no superar el periodo de prueba durante los tres primeros meses cuando el trabajador hubiese cesado de forma voluntaria de su trabajo anterior.
Ej:Cesitar decide dejar su trabajo actual, le contratan en otra empresa y establecen un periodo de prueba determinado. .. 3,4.5.6.x meses, le despiden alegando no superación del periodo de prueba durante los 3 primeros meses .NO TENDRÍA DERECHO A PRESTACIÓN PASADOS ESTOS TRES PRIMEROS MESES SI.
1-¿QUÉ PASA SI NO HAY PERIODO DE PRUEBA?
Se tiene en cuenta la situación considerando el tipo de contrato ,grupo de cotización y salario.
El servicio de empleo puede determinar que hay fraude presunto , lo cual se puede recurrir. (Presunción por que quién decide o no el fraude es Inspección de trabajo)
Ej.Si pasas de tener un contrato indefinido a uno temporal con un grupo de cotización inferior al que tenias y un salario más bajo,mala cosa,probablemente se deniegue la prestación por fraude presunto pero puedes recurrir.
2-¿QUÉ PASA SI LA EMPRESA ALEGA OTRO TIPO DE DESPIDO (DISCIPLINARIO U OBJETIVO)?
Lo mismo. Pueden determinar la existencia de presunto fraude basándose en los anteriores criterios:
-Temporalidad del contrato anterior y nuevo
-Grupos de cotización (Es decir pasas de ser licenciado con grupo 1 o diplomado con grupo 2 a ser auxiliar con grupo 7)
-Salario inferior."
Seguro que os es útil la info.
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